Se dictó sentencia declarándose: PRIMERO: INCOMPETENTE para el conocimiento de la demanda de nulidad incoada por la empresa C.V.G. CARBONES DEL ORINOCO, C.A. (C.V.G. CARBONORCA) contra la Providencia Administrativa Nº 2012-447 dictada el cinco (05) de septiembre de 2012 por la INSPECTORA DEL TRABAJO "ALFREDO MANEIRO" DE PUERTO ORDAZ, ESTADO BOLÍVAR. SEGUNDO: DECLINA la competencia en el Juzgado de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, a cuya sede se ordena la remisión del expediente.