Se dictó sentencia declarándose PARCIALMENTE CON LUGAR la Demanda por abstención incoada por el INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL RODOLFO LOERO ARISMENDI (IUTIRLA) contra la DIRECCIÓN DE REGULACIÓN URBANA DE LA ALCALDÍA DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL ESTADO BOLÍVAR, en consecuencia, se le ORDENA a la mencionada Dirección de Regulación Urbana que dentro de los treinta (30) días continuos a su notificación se pronuncie sobre la procedencia de la constancia de cumplimiento de variables urbanas o permiso de construcción de cerca perimetral en el lote de terreno ubicado en la UD-231 Villa Latina, de la Urbanización los Olivos, manzana 56, parcelas 03 y 04 de la Parroquia Universidad, Ciudad Guayana, estado Bolívar solicitado por el instituto demandante.