D E C I S I Ó N
Por todos los fundamentos expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la SOLICITUD DE DIVORCIO 185-A, efectuada por la ciudadana MARÍA CARMELINA STRAZZERI de CALDERÓN, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad Nº 7.500.781 y el ciudadano ALEXIS ANTONIO CALDERON MONTES, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad Nº 8.028.538. En consecuencia, se DECRETA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía y contraído entre ellos, en fecha diecinueve (19) de marzo del año mil novecientos ochenta y siete (1987), contrajeron dicha unión, en el Despacho de la Jefatura Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Iribarren, Estado Lara; tal y como consta en.....