Declarado lo anterior este Tribunal para decidir observa que el ciudadano JORGE SATURNINO FILGUEIRA, solicita se declare la extinción del vínculo conyugal que lo une con la ciudadana MARIA ELENA MARQUEZ LOBO, que habían contraído matrimonio civil ante la prefectura del Municipio Libertador del Distrito Capital ( Caracas) en fecha 16 de diciembre del año 1974 en la Oficina del Registro Civil de de Matrimonios en razón de existir desafecto e incompatibilidad de caracteres entre su persona y su cónyuge, en atención a lo cual este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO HERES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara "CON LUGAR" la solicitud presentada y, en consecuencia, disuelto por divorcio el matrimonio contraído por los ciudadanos: JORGE SATURNINO FILGUEIRA y MARIA ELENA MARQUEZ LOBO Así se decide.
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