este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en esta ciudad, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: DESISTIDA la apelación interpuesta por el tercero solidario intimado recurrente, contra la decisión dictada en fecha 26 de Abril de 2012, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Ciudad, en la causa signada con el Nº FH06-X-2009-000025. Segundo: Como consecuencia de la declaratoria que antecede SE CONFIRMA la decisión apelada, en virtud del desistimiento declarado. Tercero: No hay condenatoria en costas dada las características del fallo.