IV
Este JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, conforme a lo establecido en el Artículo 185 del Código Civil y en la sentencia Nº 1070 del 09 de Diciembre del año 2016 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia Declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos JOSE LUIS GAMBOA y LIDA JOSEFINA RODRIGUEZ venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad números V.-11.969.567 y V- 13.838.383 respectivamente y en consecuencia de ello, SE DECLARA DISUELTO el vínculo matrimonial contraído el día Quince (15) de noviembre del año 1.991 por ante el Registro Civil del Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro, según consta del acta de matrimonio Nº 108, de los libros de Registro Civil de matrimonios llevado por ese registro .....