ACUERDA HOMOLOGAR EL CONVENIO SUSCRITO ENTRE LAS PARTES EN SUS PROPIOS TÉRMINOS, impartiéndosele la debida aprobación. Téngase pasado como en sentencia con autoridad de cosa juzgada. En consecuencia queda establecido que el obligado se comprometió a entregar a la madre o a la abuela de su hija la cantidad de CIENTO CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 150.000) quincenales y CINCO (5) CESTA TICKET mensuales para la manutención de la niña a partir del día 28 de febrero 2011, e igualmente aportará el 50% de las cuotas de asistencia médica, medicinas, útiles y uniformes escolares en el mes de septiembre y estrenos y aguinaldos en el mes de diciembre. Dicha cantidad corresponde al 24.51% del salario mínimo actual, el cual es de (Bs. 1.223,89) y se incrementará en la medida en que aumente el ingreso que por concepto de sueldos perciba el obligado de autos o el incremento de los ingresos percibidos producto del ejercicio libre de la actividad comercial, todo lo cual está previsto en la Ley Orgánica p.....