DISPOSITIVA
Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE el Divorcio por Desafecto e Incompatibilidad de Caracteres incoado por la ciudadana: GISELA JOSEFINA MATA FARIAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.499.841, debidamente asistida por el abogado en ejercicios RICHARD ALEXANDER GUARIRAPA, venezolano, mayor de edad, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 108.241, en contra del ciudadano; JOSE MARIA PIÑERO MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.951.539; y en consecuencia de ello, DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por ellos en fecha tres (03) de agosto del 2012, por ante el Registro Civil Municipio Caroní del Estado Bolívar , tal.....