En el dia de hoy este Tribunal declara consumada la Perención de la Instancia y como consecuencia de ello LA INADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA en el presente juicio que por COBRO DE INDEMNIZACION POR ENFERMEDAD PROFESIONAL Y OTROS CONCEPTOS DERIVADOS DE LA RELACION LABORAL, interpusiera el ciudadano JOSE BOLIVAR, contra la empresa C.V.G ALUMINIOS DEL CARONI S.A (ALCASA), todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la vigente Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-