Por las razones antes expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO, AGRARIO, BANCARIO Y CONSTITUCIONAL DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión de DESALOJO contenida en la demanda propuesta por la sociedad mercantil INVERSIONES MIDAND, C.A, contra la sociedad mercantil RESTAURANT TASCA TABERNA LATINA, C.A, en consecuencia, conforme a lo solicitado en el libelo de la demanda, se condena a la parte demandada a PRIMERO: A desalojar y entregar el inmueble propiedad de la accionante arrendado constituido por un (1) local comercial identificado con el No. 4, ubicado en la calle Deniz con calle La Paz, de la Urbanización Villa Bolivia, Puerto Ordaz, Municipio Caroní del estado Bolívar, devolviéndolo a la actora libre de todo uso y ocupación. SEGUNDO: Se condena a .....