En el día de hoy el ciudadano Juez que preside este despacho se ABOCO al conocimiento de la presente causa. Ahora bien, por cuanto De una revisión de las actas procesales que conforman el presente asunto desde el auto de fecha 29 de febrero de 2016, no se evidencia en autos ninguna actuación de la parte oferente que tienda a impulsar el procedimiento hasta su feliz término; de manera que, este Tribunal declara LA PERENCION DE LA INSTANCIA en el procedimiento de Oferta Real de Pago, presentada por la ciudadana: ALISSON BRUCES ALISSON BRUCE, abogada en ejercicio inscrito en IPSA N° 124.642, y en su condición de apoderados judiciales de la sociedad mercantil: HELADO CALI C.A., De conformidad con lo establecido en el artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-