JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, veintiocho de abril del dos mil seis.-
196º y 147º
Por recibida la anterior demanda de Divorcio intentada por el ciudadano HIPOLITO PEÑA VERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.021.082, de este domicilio y hábil, asistido por los abogados en ejercicio JOSE MANUEL SALINAS y/o ORANGEL BOGARIN, inscritos en los INPREABOGADOS bajo los números 58.087y 60.946, de este domicilio y hábiles. Contra la ciudadana JENNY ALCIA VERA, venezolana mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V- 5.804.742, domiciliado en esta ciudad de Mérida, y civilmente hábil. Fórmese expediente, désele entrada y el curso de ley. Se admite por no ser improcedente ni contraria a la ley, al orden público y a las buenas costumbres de conformidad a lo previsto en el Art. 756 del Código de Procedimiento Civil, emplácese a ambas partes pa.....