Por lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara la aprehensión en flagrancia en contra del imputado ITALO ANTONIO CHACIN MENDOZA, natural de Caracas, titular de la cédula de identidad Nº 19.559.240 nacido en fecha 11-03-91 profesión u oficio obrero, de 19 años de edad, grado de instrucción cuarto año, hijo de DOUGLAS ANTONIO CHACIN (v) y ZORAIDA MENDOZA PERNIA (V), residenciado en Barrio El Bosque, avenida 2,casa N° 0-26, El Vigía, Estado Mérida, (teléfono 0412-5508445 de su mamá), por la presunta comisión de los delitos de Violencia Física previstos y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre y de Violencia, en perjuicio de la ciudadana ENELY MENDOZA PERNIA; por en.....