EN CUANTO AL RÉGIMEN DE CONVIVIENCIA FAMILIAR: PRIMERO: La madre compartirá con su hija todos los fines de semana desde el viernes a las 5:00 p.m buscándola en la práctica de flauta y retornándola los Lunes a las 12:00 p.m, al Colegio. SEGUNDO: El padre compartirá con su hija el día del padre y el cumpleaños de éste, de igual manera respecto a la madre, en cuanto al cumpleaños de la niña serán compartidos entre ambos padres. En cuanto al carnaval y semana santa serán compartidos entre ambos padres, siendo alternados en los años sucesivos. TERCERO: En cuanto a las vacaciones escolares serán compartidas de manera semanal. En relación a la época decembrina el padre compartirá con su hija el 24 de diciembre y con la madre el 31 de diciembre, siendo alternados en los años sucesivos. CUARTO: Los progenitores deben garantizar la integridad personal de su hija en el sentido de no exponerla a situaciones de riesgo que puedan vulnerar sus derechos, ni a la presencia de ingesta de alc.....