Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE la solicitud de divorcio presentada y en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial que habían contraído por los ciudadanos DESIREE TERESA FERMIN DE RODRIGUEZ y DOMINGO ALBERTO RODRIGUEZ BERRIOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-15.044.955 y V-15.185.611, debidamente asistidos por las abogadas en ejercicio GIOVANNA FERNANDEZ y KARINA RODRIGUEZ, inscritas en el IPSA bajo los Nros.113.386 y 241.729, en fecha 16 de Diciembre de 2.005, contrajeron matrimonio civil, por ante el Juzgado Tercero del Municipio Caroní Del Segundo Circuito de la Circunscripción del Estado Bolívar, tal y como se evidencia de la copia certificada.....