La parte accionada, quien manifiesta que su representada persiste en el despido y consigna en este acto cheque signado con el Nro. 47091574 a favor del ciudadano NUÑEZ FELIPE ORLANDO, librado contra la Cuenta Corriente Nro. 00080018010008571281 del Banco Guayana, de fecha 07de mayo 2007, por la cantidad de OCHO MILLONES TRESCIENTOS VEINTISIETE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 76/100 (Bs. 8.327.959,76), así como la liquidación final de sus prestaciones sociales donde se encuentra discriminados cada uno de los conceptos, el cual es consignado en este acto así como la liquidación, a los efectos de interrumpir los salarios caídos y que se de por terminado el presente procedimiento en los que respecta a mí representada, en este estado intervienen las apoderadas judiciales de la parte accionante y solicitan la prolongación de la audiencia preliminar a los efectos de hacer una revisión de la liquidación hecha por la empresa accionada, este Tribunal vista la solicitud hecha por las apode.....