Se dictó sentencia declarándose INCOMPETENTE para el conocimiento del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia dictada el veinte (20) de abril de 2015 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar que declaró sin lugar la solicitud de incompetencia por la materia, improcedente la perención de la instancia solicitada y con lugar la demanda incoada el treinta (30) de marzo de 2000 por la empresa Siderúrgica del Orinoco (Sidor), C.A. contra el ciudadano Manuel Vásquez Brito y en virtud del conflicto negativo de competencia surgido se ordenó la remisión del presente expediente a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia.