Este Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Hecho interpuesto por el ciudadano GAVINO RAMON OBISPO REA, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.261.898, asistido por la abogada Yvana Giménez, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 145.970, contra el auto dictado en fecha 16 de mayo de 2016, por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo proferido
TERCERO: Se ordena remitir copia certificada de la presente sentencia al Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de este Circuito Judicial.
Regístrese, .....