Se dictó la sentencia interlocutoria Nº PJ0662017000039 mediante la cual se admite el presente recurso contencioso tributario interpuesto mediante escrito de fecha 26 de febrero de 2016, el Abogado JOSÉ SAÚL HERRERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 9.618.639, identificado con el Registro de Información Fiscal bajo el Nº V-9618639-4, asistido por la Abogada Yohana Bortolussi Marquina, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 20.807.129, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 240.155, contra la Resolución Nº SNAT/INA/GAP/MAR/ AAJ/2015-6213 de fecha 01 de diciembre de 2015, emanada de la Aduana Principal de Maracaibo del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT)