este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley;
DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO POR VIA PRINCIPAL interpuesto por SIMON ENRIQUE CORDERO DUNO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V- 16.592.630, contra los ciudadanos: YAZMIN DEL CARMEN CORDERO LOZANO, SERGIO ENRIQUE CORDERO LOZANO, DIGNA YAMILETH CORDERO LOZANO y EMILIO RAFAEL CORDERO DUNO, todos venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 12.080.891, V- 12.726.255, V- 12.726.245 y V- 19.551.756