DECLARA;
PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA EN EL PRESENTE JUICIO de INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE COMPRA-VENTA incoado por el ciudadano ALTUVE AULAR JOSÉ LUIS, ampliamente identificado, quien actúa en su propio nombre y representación, contra los ciudadanos PEREZ GUANIPA LUIS ALBERTO y MENDOZA REFUNJOL MIRBELYS JOSELINE plenamente identificados en autos.
SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS conforme a lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE, en la página web oficial del Tribunal Supremo de Justicia WWW.TSJ.GOB.VE.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, En San Felipe a los veintiocho (28) día del mes de junio del año dos mil veintitrés (2023). Años 213° de la Independencia y 164° de la Federación.