administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda dejar sin efecto la fianza otorgada al adolescente Omar Antonio Moreno Palacios , cuyo fiador es la ciudadano Leonardo Figueira y en consecuencia de la sustitución de la medida cautelar de Caución Personal prevista en el artículo 582 literal g) de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente se deja expresa constancia que este Tribunal de Control N°1 en sustución de ella en fecha 26 de septiembre ordenó imponer otra medida cautelar prevista en el artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente consignada en el literal "b"y "c" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del adolescente que consiste en la presentación periódica cada 08 días ante el Tribunal y la sujeción y vigilancia de los Consejos de Protección del Municipio San Felipe quienes deberán informar periódicamente ante este Tribunal.