DISPOSITIVO
En virtud de los razonamientos anteriores este Tribunal Unipersonal en Funciones de Juicio N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA el SOBRESEIMIENTO de la causa seguida a los ciudadanos REINALDO ARNAN QUEVEDO y DHANNY RAÚL PEÑA DURÁN, antes identificados, por el delito de Resistencia a la Autoridad, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal Venezolano, de conformidad con el artículo 318, numeral 4° del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese y Regístrese la presente decisión.
El Juez de Juicio N° 2
Abog. Wladimir Di Zacomo Capriles
La Secretaria,
Abg. Rossana Ceresa