Motivo por el cual se ordena Decretar el Amparo a la Posesión del querellante ciudadano NICOLAS ANTONIO RIERA VITA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-1.886.906, sobre un terreno ubicado en la Tercera Avenida entre Calles 8 y 9, de la Ciudad de Nirgua, Municipio Nirgua del Estado Yaracuy; el cual mide trescientos sesenta metros cuadrados (360 mts2), marcado con el número nueve (9) de la nomenclatura que se lleva en el Municipio Nirgua del estado Yaracuy, y comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Que es su frente con la avenida tercera avenida; SUR: Con casa que es o fue de Carlos Sánchez, donde actualmente opera un Centro de Diagnóstico Integral (CDI); ESTE: Con una casa quinta también de mi propiedad; y OESTE: Con una casa de construcción antigua propiedad de Carlos Sánchez, actualmente residenciado el señor Jorge Gregorio Guerra González; ordenando comisionar suficientemente al Tribunal Distribuidor de Municipio Ordinario y Ejecutor d.....