Por las razones que anteceden, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO Y DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, se declara: INCOMPETENTE para conocer de la acción de amparo constitucional incoado por el ciudadano EDGAR DE JESUS BARRETO AZOCAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-15.635.633, actuando en su carácter de presidente de la Empresa INVERSIONES LA BENDICIÓN DE DIOS COMPAÑÍA ANÓNIMA, inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, con sede Ciudad Bolívar, anotado bajo el N° 20, Tomo 30-A, REGMSEGBO 304 del año 2017 y de este domicilio, debidamente Asistido en este acto por los abogados EDDI GONZÁLEZ H, YURI MILLAN LOPEZ Y SAIT RODRIGUEZ SOTILLO., abogados en el libre ejercicio e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 72.759, 32.479 y 16.076 respectivamente, contra los .....