IV
DISPOSITIVA
Por todas las consideraciones antes expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la DEMANDA DE DIVORCIO incoada por la Ciudadana: JUANA MARIA VALDEZ PEREZ, en contra del Ciudadana: ONIS ALBERTO PERALES SUAREZ, suficientemente identificados en el Capítulo I del presente fallo, y en consecuencia de ello, SE DECLARA DISUELTO el matrimonio civil celebrado entre los prenombrados Ciudadanos por ante el Juzgado de Municipio San Félix del segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar (hoy Juzgado Segundo de Municipio Carona del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar), inserta bajo el Nro. 475, Folios 42 al 43 del año 1.979, en el Libro de Registro Civil de Matrimonios, y así se decide .....