Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en la norma del artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, HOMOLOGA en sus propios términos el presente acuerdo. Líbrese oficio a la oficina de RECURSOS HUMANOS DE LA REGIÓN SANITARIA –PROSALUD YARACUY, a los fines de que realicen el descuento por nómina. Se designa correo especial al ciudadano GERLY JOSE GOMEZ CASTILLO, titular de la cedula de identidad Nº 11.648.126, para la entrega del oficio.
Regístrese, publíquese, déjese copia certificada y expídase por la Secretaría, copia certificada que soliciten las partes de la presente homologación.