Por las razones precedentemente expuestas, este JUZGADO QUINTO (5º) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO BOLIVAR EXTENSIÓN TERRITORIAL PUERTO ORDAZ, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la pretensión por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS, incoado por el ciudadano ANTONIO JOSÉ MARÍN GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.395.314, en contra de la sociedad mercantil OPERACIONES ORDAZ, C. A.; y
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se condena en costas a la demandada perdidosa. ASI EXPRESAMENTE SE DECIDE.