Por tanto, esta Juzgadora considera que en el presente procedimiento se cumplieron todos y cada uno de los trámites procesales requeridos por el Legislador para su procedencia. Así se establece.
D E C I S I Ó N
Por todos los fundamentos expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley,
DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la SOLICITUD DE DIVORCIO 185-A, efectuada por los ciudadanos PAREDES PARRA MEREDITH EILYN y HERNÁNDEZ ROJAS CESAR EDUARDO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-17.700.511 y V-16.876.888 respectivamente, domiciliados en la calle 4 de la urbanización San Gerónimo, casa s/n, Maríncito, parroquia Albarico, municipio San Felipe, estado Yaracuy, la primera y en la 3° transversal con 2° avenida, resi.....