este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO efectuado por la ciudadana LISETT DURANT, Abogada Procuradora de Trabajadores, de este domicilio, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 119.713, en su carácter de apoderado judicial del demandante de autos ciudadano JULIO MATOS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 15.908.883, de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, el cual se aplica por disposición expresa del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Por cuanto la MEDIACIÓN HA SIDO POSITIVA, se da por terminado el presente procedimiento y concluido el proceso. En este mismo acto se procede a la devolución de l.....