A tal efecto líbrense los Oficios a la Depositaria Judicial Yaracuy S.R.L., al Destacamento N° 45 de la Guardia Nacional del Estado Yaracuy, para que designe una comisión de funcionarios únicamente para la protección del Tribunal, a las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Yaracuy, al Comando de las Fuerzas Armadas Policiales con sede en el Municipio Peña del Estado Yaracuy, al Comando de la Guardia Nacional con sede en el Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, al Puesto de la Guardia Nacional con sede en el Municipio Peña del Estado Yaracuy y al Consejo de Protección del Municipio Peña del Estado Yaracuy. Cúmplase.-
Com. N° 586/08
En este estado el Tribunal visto y oído la exposición realizada por la Abogada Asistente de la parte actora, acuerda Suspender la presente medida y fijar la misma para una nueva oportunidad, finalmente no teniendo ninguna otra diligencia que realizar acuerda regresar a su sede natural es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
Com. N° 586/08
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