Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA en toda y cada una de sus partes el acuerdo transaccional celebrado entre los sujetos procesales: Ciudadano LUÍS GREGORIO PÉREZ VÁSQUEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº 8.532.540 y el INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LOS PROFESORES, DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE GUAYANA (I.P.S.P.U.N.E.G.), dándole autoridad de cosa juzgada.