En resumen, tampoco debe este juzgado negar la existencia de la tutela y protección a los derechos del trabajador, pero si considerar insuficientes las razones a propio criterio y albedrío, por lo que se solicita al peticionante ampliar la presunción grave sobre el punto de la vinculación laboral, ya que este juez sustanciador no observa elementos claros, apegados a la relación laboral (cheques, nomina, recibo de pagos, declaración de atraso en los pagos o solicitud de quiebra, etc...) que le permitan elaborar una certeza sobre la insolvencia actual de la demandada y un juicio de probabilidades sobre el derecho cautelar que se reclama.
A tal fin, se le concede un lapso de tres (3) días hábiles para que amplíe la solicitud en lo determinado en este auto. Así se declara.