Se dictó decisión en la presente causa acogiendo la calificación correspondiente al Delito de Violencia Física Agravada. Se acordó medida de protección y Seguridad a la adolescente Diannis Ferman de las establecidas en los ordinales 3º, 5º,6º y 13º del articulo 87 de la referida Ley especial. Se acordó Medida cautelar sustitutiva de la Privativa de Libertad de la establecida en el articulo 256 ordinal 3º al ciudadano Juan Ferman, consistente en presentaciones cada45 días por ante la Oficina de Alguacilazgo. Se acordó seguir la presente causa por el procedimiento especial. Quedando debidamente notificadas las partes de la presente decisión en fecha 23-06-2009.