PRIMERO: "PARCIALMENTE CON LUGAR" el recurso ordinario de apelación, interpuesto por la representación judicial de la parte demandante y, "SIN LUGAR" la apelación ejercida por la representación judicial de la parte demandada, ambos contra la sentencia de fecha cuatro (04) de mayo de 2011, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta misma Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: "SE MODIFICA" el fallo recurrido en forma parcial, solo en los términos que a tales fines han sido señalados en la parte motivacional de la presente decisión. En consecuencia se declara "PARCIALMENTE CON LUGAR" la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES derivados de la relación de trabajo existente entre el ciudadano ARNOLDO RAMON GUTIERREZ y la empresa "SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES MILA", C.A., ambas partes plenamente identificadas a los autos. ASI SE DECIDE.
TERCERO: Como consecuencia de lo anterior, se cond.....