Se dictó sentencia declarándose IMPROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de los efectos solicitada por la sociedad mercantil ADMINISTRACIÓN, TRABAJOS, ESTUDIOS, COMPAÑÍA ANÓNIMA (ATESCA) contra la Providencia Administrativa Nº 09-00122, de fecha veintitrés (23) de junio de 2009, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO "ALFREDO MANEIRO" DE PUERTO ORDAZ, ESTADO BOLÍVAR, mediante la cual se declaró improcedente los alegatos y/o defensas formulados por la representación empresarial y en consecuencia se ordenó la continuidad de las discusiones del Pliego de Peticiones, presentado por el SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA Y DE LA CONSTRUCCIÓN DEL ESTADO BOLÍVAR (SUTIC-BOLÍVAR).