DECISIÓN
Por las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la Abogada OCIRIS TORRELLAS GARCÍA, en su carácter de defensora, contra la sentencia condenatoria publicada en fecha 07-06-05, mediante la cual el Juzgado Unipersonal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio N° 3, a cargo de la Juez JHOLEESKY DEL VALLE VILLEGAS ESPINO, CONDENA al acusado RONALD JOSÉ SUÁREZ ANTILLANO, a cumplir la pena de SEIS (6) AÑOS DE PRESIDIO, por el delito de ROBO GENÉRICO. Como consecuencia de dicho pronunciamiento, y de conformidad con los artículos 457, in fine, del Código Orgánico Procesal Penal, y 74, ordinal 4° del Código Penal, MODIFICA la pena impuesta en la sentencia apelada, y CONDENA al acusado RONALD JOSÉ SUÁREZ ANTILLANO, venezolano, de 26 años de edad, de estado civil soltero, con cédula de identidad .....