Descrito como ha sido el acuerdo de Partición de la Comunidad Ordinaria, suscrito por los ciudadanos ALEXIS ENRIQUE CAMPERO NESSI, COROMOTO DE LOS ANGELES CAMPERO NESSI, SALOME DEL CARMEN CAMPERO NESSI, REYNALDO CAMPERO NESSI y LUCIRIS GABRIELA CAMPERO BARRIOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.596.158, V-4.596.145, V-4.596.152, V-8.875.511 y V-23.731.673, con los caracteres arriba descritos, esta Juzgadora por los fundamentos antes expuestos y por cuanto se trata de una materia en la cual no esta expresamente prohibidas las transacciones o convenimientos, siendo que las partes actuantes disponen de la capacidad para realizar el presente acuerdo; este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, y conforme con lo establecido en los Artí.....