Analizado lo anterior considera esta juzgadora que los hechos deben ser debatidos en audiencia de juicio oral. En consecuencia, se admite la acusación presentada por la Fiscalía Novena del Ministerio, ordenándose el enjuiciamiento del adolescente Osmel Alexander Guzmán Jiménez, venezolano, de 20 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 21.496.851, nacido en San Félix, Estado Bolívar, en fecha 30 de septiembre de 1.987, hijo de la ciudadana Yraima Jiménez, residenciado en la calle Principal del Barrio La Rinconada, casa N° 52, en San Félix, Estado Bolívar, por la presunta comisión del delito de Trafico Ilícito de sustancias estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Trafico Ilícito y el Consumo de sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Colectividad.
Asimismo, de conformidad con el artículo 579 literal "f" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, se admiten las prueba.....