Este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda por COBRO DE INDEMNIZACION POR INFORTUNIO LABORAL Y DAÑO MORAL, incoada por el ciudadano TEODORO ANTONIO MARCANO SILVIA, en contra del C.V.G VENALUM, C.A., ambas partes plenamente identificadas. En virtud de esta declaratoria, se condena a la empresa antes mencionada a cancelar al demandante la suma total de VEINTISEIS MILLONES DOSWCIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs. 26.250.000,00), por los conceptos precedentemente señalados, en virtud del principio de unidad del fallo. Así se decide.-
Se ordena la corrección monetaria de la cantidad condenada a pagar, para lo cual se deberá solicitar al Banco Central de Venezuela el índice inflacionario acaecido en la ciudad de Caracas entre la fecha de la admisión de la.....