D I S P O S I T I V A
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la ciudadana Abg. MAGDIEL OJEDA MORENO, en carácter de Fiscal Auxiliar Primera del Ministerio Público, actuante en la causa seguida a los imputados MIGUEL DE JESUS MALONY SANCHEZ, JOSE GUILLERMO TABLANTE y SANTIAGO ABACHE. Como consecuencia se ANULA la decisión dictada en fecha 22 de Julio por el Tribunal Segundo en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, Sede Ciudad Bolívar, en la cual se decretara en relación al Ciudadano ABACHE FLORES SANTIAGO RAMÓN una Medida Cautelar Sustitutiva de la privativa de Libertad de conformidad con lo establecido en el Artículo 256 Ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal y en relación a los Ciudadanos MALONY SÁNCHEZ MIGUEL DE JE.....