Ahora bien, observa esta Juzgadora que ciertamente en el folio doce (12) del expediente principal Nº FP11-L-2015-000112, del cual se originaron las presentes actuaciones, se evidencia que el abogado JOSEPH FRANCESCHETTI URIA, arriba identificado, es apoderado judicial del ciudadano ESTALISNAO ANTONIO GIMENEZ, parte actora de ese asunto; asimismo, se pudo constatar que en las causas números FP11-L-2014-000350, FP11-L-2011-000291, FP11-L-2013-000338 y FP11-L-2014-000162, cursan inhibiciones planteadas por la Jueza VICARLI MONTES HERRERA, por los mismos hechos acontecidos en el asunto que hoy nos ocupa, siendo declaradas las mismas con lugar por parte de los respectivos Juzgados Superiores del Trabajo, en los correspondientes Cuadernos de Inhibición signados con los Nº FH15-X-2014-000052, FH15-X-2014-000053, FH15-X-2014-000065 y FH15-X-2014-000075. Dicha realidad constituyen elementos que considera esta Alzada como suficientes para determinar que estamos en presencia de unos hechos fáctic.....