En mérito de las consideraciones expuestas, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar Extensión Territorial Puerto Ordaz, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PROCEDENTE la medida de suspensión provisional de los efectos de la Providencia Administrativa Nº 2011-0348, de fecha 21 de julio de 2011, emanada de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO "ALFREDO MANEIRO" DE PUERTO ORDAZ, ESTADO BOLÍVAR, mediante la cual declaró con lugar la solicitud y autorizó a la sociedad mercantil FRIGORÍFICOS ORDAZ, S. A. (FRIOSA) para despedir al ciudadano JORGE FIGUEROA, de nacionalidad venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.899.776, quedando suspendidos los efectos del aludido acto administrativo a partir de la presente declaratoria y mientras se dicte sentencia definitiva en el presente proceso;
SEGUNDO: Se ordena of.....