MEDIANTE RESOLUCION: PJ0842013000015, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción del Estado Bolívar, sede Ciudad Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR, la pretensión de Revisión de Sentencia de Obligación de manutención plasmada en la demanda intentada por el ciudadano ANGEL ALI CHACARE RONDON, en contra de las ciudadanas MARIELVYS CAROLINA CHACARE ACUÑA y MARIANGELYS ANDREINA CHACARE ACUÑA, quienes para la fecha en que se dictó sentencia objeto de revisión eran adolescentes. En consecuencia, queda revisada mediante la presente decisión, respecto a la manutención, la sentencia definitiva sobre manutención, dictada en fecha 30 de Enero de 2002, por el extinto Tribunal Segundo de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, en el expediente No. FH04-Z-2001-001037.