INCOMPETENTE para el conocimiento del RECURSO CONTENCIOSO ELECTORAL incoado por los ciudadanos JOSE GREGORIO BRITO y ELIZABETH MUÑOZ contra la RESOLUCIÓN N° 060426-0099, dictada el 26 de abril de 2006, por el CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, que declaró con lugar el recurso jerárquico interpuesto por los ciudadanos ASAN PIÑANGO, ANTONIO BLANCO y LILIA GONZALEZ, actuando como candidatos y candidatas a los cargos de Miembros a la Junta Parroquial Once de Abril, Municipio Caroní del Estado Bolívar, contra la elección de los referidos cargos de elección popular, y nula la votación efectuada el 07 de agosto de 2005, para elegir los miembros de la referida Junta Parroquial, y DECLINA LA COMPETENCIA en la SALA ELECTORAL del TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA.