Este Tribunal de Control N° 2 de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DESESTIMA la Acusación presentada por la Representación Fiscal en contra del ciudadano PEDRO RAFAEL RIVERO, por la comisión del delito por la comisión de los delitos de PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA, previsto en el Artículo 277 del Código Penal en concordancia con el Artículo 25 de la Ley de Armas y Explosivos y LESIONES PERSONALES GRAVES, previsto en el Artículo 415 del Código Penal, en perjuicio de LUIS ALBERTO CARDENAS y como consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida al ciudadano PEDRO RAFAEL RIVERO, por la comisión de los delitos de PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA, previsto en el Artículo 277 del Código Penal en concordancia con el Artículo 25 de la Ley de Armas y Explosivos y LESIONES PERSONALES GRAVES, previsto en el Artículo 415 del Código Penal, en perjuicio de LUIS ALBERTO CARDENAS, por cuanto el hecho imputado con los eleme.....