Por todo el razonamiento tanto de hecho como de derecho anteriormente expuesto, este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO "CON LUGAR" el Recurso de Apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandante y "PARCIALMENTE CON LUGAR" la apelación ejercida por la parte demandada, ambos contra la decisión de fecha 22 de Enero de 2009, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: Se modifica el fallo recurrido y, en consecuencia se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por COBRO DE CONCEPTOS LABORALES derivados de la relación de trabajo, incoada por la ciudadana MARIA ELOINA CORDERO, en representación de su ascendiente directo, ciudadano ROSELIANO CORDERO contra la sociedad mercantil CO.....