En mérito de las consideración anteriores, en cumplimiento de las garantías constitucionales expresadas en los artículos 2, 7, 26, 49 ordinal 4°, 253, 257 y 334 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, MARÍTIMO Y AERONÁUTICO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, REVOCA la MEDIDA DE ABSTENCIÓN de fecha 27/09/2021 DECRETADA en el expediente signado bajo el Nro. 36D-44.947, en consecuencia se ordena librar oficios a los TRIBUNALES PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO y CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIOS Y EJECUTORES DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR a los fines de hacer de su conocimiento la REVOCATORIA de la mencionada medida. Líbrese oficio.
Notifíquese en el día de hoy 30/03/2021 con el envió de la presente decisión a los correos electrónicos de las partes involucradas por medio de la dirección electrónic.....