Éste Tribunal Cuarto en funciones de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 250, 251, 252 y 254 del Código Orgánico Procesal Penal, Decreta la Privación Judicial Preventiva de Libertad al Imputado JOSE LUIS GRANADA PATIÑO, Venezolano, soltero, comerciante, de veinticinco años de edad y titular de la cédula de identidad Nº 11.012.810, por el delito de Homicidio Intencional Calificado en Grado de Cooperador Inmediato, tipificado en los artículos 406 Ordinal 1º en relación con el artículo 83 del Código Penal, en perjuicio de la hoy Occisa KRISS VIVIANA RAMOS LORETO. Se fija como sitio de reclusión, El Reten de Agua Salada, por lo que se ordena librar Oficio.