ACUERDA HOMOLOGAR EL CONVENIO SUSCRITO ENTRE LAS PARTES EN SUS PROPIOS TÉRMINOS, impartiéndosele la debida aprobación. Téngase pasado como en sentencia con autoridad de cosa juzgada. En consecuencia queda establecido que el obligado se comprometió aportar la cantidad de CIENTO CINCUENTA BOLÍVARES FUERTES (Bs. F. 150,oo) mensuales a partir del 25-04-2009, mediante recibo firmado, a razón de Sesenta Bolívares Fuertes (Bs. F. 60,oo) el día diez de cada mes y Noventa Bolívares Fuertes (Bs. F. 90.oo) el veinticinco de cada mes. Así como también aportará el 50% de los gastos correspondientes a uniformes y útiles escolares al inicio del año escolar, asistencia médica y medicinas sean requeridos por la niña. Dicha cantidad corresponde al 18,76% del salario mínimo actual, el cual es de (Bs. F. 799,23), y se incrementará en la medida en que aumente el ingreso que por concepto de sueldos perciba el obligado de autos o el incremento de los ingresos percibidos producto del ejercicio libre de la act.....